El pasado 1 de febrero, los partidos que forman el bloque de investidura daban el primer paso parlamentario para la reforma de la ley de protección de la seguridad ciudadana, la conocida como ley mordaza, aprobada por el Gobierno del PP en 2015. Sin embargo, el camino que queda por delante ―primero, su debate en la comisión de Interior y, si lo supera, la votación en el pleno del Congreso― no está, ni mucho menos, expedito. A pesar de que el presidente Pedro Sánchez, en la sesión de control en el Congreso de este miércoles, afirmase que ya se han “corregido todos” los aspectos sirvieron para ponerle el apelativo de mordaza, las diferencias entre los seis partidos favorables a modificar la norma ―PSOE, Unidas Podemos, PNV, ERC, EH Bildu y Junts― siguen enquistados. Un documento de trabajo que manejan estos grupos parlamentarios, al que ha tenido acceso EL PAÍS, recoge los acuerdos alcanzados hasta ahora para, mediante más de 70 enmiendas parciales, reformar 36 de los 54 artículos y una decena de disposiciones adicionales de la ley actual, pero también las dificultades para superar las discrepancias en cuatro más. Estos son los más destacados.
De “tranquilidad” a “convivencia”. Los cambios acordados se inician en el artículo 1, en un intento de dotar al texto legal “de un enfoque claramente progresista”. Los partidos pretenden que “la salvaguarda de la seguridad ciudadana” se entienda “como el más pleno disfrute de los derechos fundamentales y de las libertades públicas”. Así, en este artículo se ha sustituido el concepto “tranquilidad de los ciudadanos” que aparecía en el texto aprobado por el Gobierno de Mariano Rajoy por el de “convivencia ciudadana”.
De seis a dos horas para identificar. El artículo 16 permite ahora a las fuerzas de seguridad llevar a una persona a dependencias policiales y retenerla allí un máximo de seis horas para su identificación. El nuevo texto plantea que llevar a un ciudadano a comisaría para filiarlo sea algo excepcional y además reduce a dos horas el tiempo máximo para realizar esta comprobación, aunque deja la puerta abierta hasta las seis horas por causas excepcionales debidamente alegadas e identificables.
Presunción de veracidad policial “coherente”. Los acuerdos también modifican el valor probatorio casi absoluto que la ley mordaza otorga ahora al testimonio de los agentes (artículos 19 y 52). La reforma plantea especificar que la presunción de veracidad de las declaraciones orales, actas y atestados de los agentes cumpla la exigencia de “lógica, coherencia y razonabilidad”.
Manifestaciones espontáneas. La reforma recoge que no será sancionable que los ciudadanos ejerzan el derecho de reunión sin comunicación previa “ante hechos que requieran de una manifestación o expresión pública inmediata”. Hasta ahora, el artículo 37 lo consideraba infracción leve.
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Aviso policial “audible”. El artículo 23.3 incluirá medidas para minimizar el riesgo de que las protestas callejeras acaben en altercados. Entre ellas, algunas disuasorias, como la obligación de que los policías lancen a los manifestantes un aviso previo “de manera verbal claramente audible” de que van a utilizar material antidisturbios para disolverles.
Restricción de las sanciones a organizadores. El acuerdo plantea añadir al artículo 30 un punto para eximir a los organizadores de una manifestación de cualquier responsabilidad en los incidentes que se hayan producido en esta, siempre y cuando hubieran dispuesto las medidas de seguridad que hubieran anunciado o, en su caso, aquellas a que les hubiera obligado la autoridad gubernativa.
Conciliar la sanción. Se introducirá en la ley “el concepto de conciliación ante la imposición de una sanción”. Esto se traduce en que se podrá acordar la suspensión o reducción de la misma si hay conciliación del autor de la infracción con las personas ofendidas o si realiza una “actividad reparadora”. Esta medida se potenciará cuando el sancionado sea menor de edad.
Rodear el Congreso. Las manifestaciones que provoquen “perturbación grave de la seguridad ciudadana” frente al Congreso de los Diputados, el Senado o las asambleas legislativas autonómicas dejarán de ser infracción grave. En su día, el PP hizo una mención expresa en la ley a estas protestas para frenar las movilizaciones bautizadas como “rodea al Congreso” que se produjeron a raíz de la crisis económica.
Advertencia a la prostitución callejera. El texto que el bloque de investidura quiere sacar adelante contempla suprimir la advertencia legal y posible sanción por desobediencia a los trabajadores sexuales que ejercen en la vía pública. Lo que sí se mantiene es la sanción a los clientes cuando demanden estos servicios cerca de áreas destinadas al uso por parte de menores, como ya se recoge en el artículo 36.11.
Tenencia y cultivo de cannabis. El acuerdo contempla rebajar de grave a leve (con la consiguiente reducción del importe de las multas) la tenencia de cannabis y otras sustancias. También se rebajan las sanciones por el cultivo de plantas de cannabis que, además, ya no será infracción por el simple hecho de ser visibles al público (por encontrarse en balcones o terrazas, por ejemplo), sino únicamente cuando sean “accesibles al público”.
Grabar la actuación policial. Quedará sin sanción la toma y difusión de imágenes de los agentes durante sus actuaciones. Esta modificación viene obligada por la sentencia del Tribunal Constitucional, de enero de 2021, que concluyó que esta parte del artículo 37.1 era inconstitucional. La propuesta de reforma solo limita la difusión cuando las imágenes afecten al derecho a la intimidad o seguridad de los agentes.
El nudismo, más protegido. La actual ley considera infracción leve “ejecutar actos de exhibición obscena” (artículo 37.5). El acuerdo de los seis partidos contempla eliminar este punto para que “la práctica del nudismo quede más protegida”.
Okupación y top-manta. También se suprime del mismo artículo su punto 7, que hasta ahora sancionaba “la ocupación de cualquier inmueble, vivienda o edificio ajenos, o la permanencia en ellos, en ambos casos contra la voluntad de su propietario, arrendatario o titular de otro derecho sobre el mismo”, así como la ocupación de la vía pública para la venta ambulante, el conocido como top manta.
Cuantía de las multas. La reforma pretende rebajar las sanciones en un 50% si el infractor gana menos de 1,5 veces el salario mínimo interprofesional (SMI, fijado en la actualidad en 14 pagas de 1.000 euros). Hasta ahora, esa reducción solo se producía cuando el sancionado se acogía al pago voluntario. La rebaja será del 25% cuando el infractor perciba entre 1,5 y 2,5 veces el SMI. Además, se reducen las cuantías máximas en las infracciones leves y graves, que pasan de 600 a 500 euros en el primero de los casos, y de 30.000 a 25.000 euros en el segundo.
Formación policial en mediación. Una disposición adicional obligará a incluir en los planes de formación de las Fuerzas de Seguridad módulos “sobre mediación y empleo de métodos adecuados como vía alternativa de solución de conflictos” para que la disolución de las manifestaciones con cargas policiales sean el último recurso.
Y cuatro discrepancias. Los seis partidos no han logrado un acuerdo para reformar tres artículos y una disposición adicional. En concreto, los referidos al uso por parte de las Fuerzas de Seguridad del material antidisturbios y, en concreto, de las pelotas de goma (artículo 23); el que fija las sanciones por faltas de respeto a los agentes (artículo 37.4); el que sanciona “la desobediencia o resistencia a la autoridad o a sus agentes” (artículo 36.6), y la disposición adicional que avala los rechazos, conocidos como devoluciones en caliente, de migrantes en las fronteras terrestres de Ceuta y Melilla. PSOE, Unidas Podemos y PNV han presentado sendas enmiendas a los tres primeros, que, sin embargo, no han convencido a los otras tres formaciones, que los siguen considerando insuficientes. Sobre las devoluciones en caliente, los socialistas proponen que se aborden en una futura reforma de la ley de extranjería, aunque admiten que a estas alturas de legislatura no queda prácticamente tiempo para hacerlo.
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