Después de siete años y medio en una cárcel de Tabasco, Gonzalo García, Juan Luis López y Héctor Muñoz van a ser liberados. Los 11 ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación han sido unánimes al considerar que las pruebas de la Fiscalía fueron insuficientes para condenarlos por tentativa de secuestro y han concedido un amparo liso y llano que implica la liberación inmediata de los tres hombres. En una sesión que ha dejado al descubierto las deficiencias e irregularidades de los agentes, fiscales y jueces que trataron el caso de Gonzalo, Juan Luis y Héctor, retratado en el documental de Netflix Duda razonable, el pleno del alto tribunal de México se ha erigido como la herramienta de “corregir una grave injusticia”.
El 20 de junio de 2015, Héctor Muñoz sufrió un accidente de tráfico con una camioneta frente a una gasolinera en Ciudad Pemex (Tabasco). Tras una riña con el conductor, identificado como A. C. P., y de recibir un disparo en la mano, Héctor fue detenido y acusado de haber intentado secuestrar a este individuo. Además de a él, los agentes arrestaron a otros dos hombres —Gonzalo García y Juan Luis López— que estaban descansando dentro de su vehículo en esa misma gasolinera. Los acusaron y los presentaron como una banda de secuestradores. La Suprema Corte ha dejado probado que los policías no pidieron las grabaciones del lugar de los hechos, no entrevistaron a ningún testigo, se contradicen entre sus versiones, no identificaron ningún indicio, no encontraron ninguna comunicación entre los tres hombres, no aseguraron armas no respetaron la cadena de custodia de los objetos y vehículos involucrados. La única testigo de los hechos defendía la inocencia de los acusados.
Nada más ser detenidos los tres hombres fueron llevados a un edificio secreto de la Fiscalía donde fueron torturados: sufrieron golpes y ahogamientos con bolsas de plástico. Dos días más tarde el Ministerio Público concedió que no había pruebas suficientes para probar la tentativa de secuestro y ordenó su liberación. Sin embargo, en el primero de muchos giros inverosímiles de la Fiscalía, los agentes los detuvieron entonces por secuestro, de la hermana de A. C. P., identificada como G. L. P., sucedido el 26 de mayo de 2015.
La entrada en escena del documentalista Roberto Hernández y del abogado Andrés Andrade consiguió en junio de 2017 la absolución de los tres hombres por el delito de secuestro de G. L. P., pues los hombres tenían fuertes coartadas para el día en que la mujer había sido secuestrada, un crimen para el que, además, ya habían otros hombres detenidos. El mismo día que tenían que ser puestos en libertad, la Fiscalía lo evitó relanzando la acusación por el intento de secuestro de A. C. P.
En febrero de 2018 comienza el juicio oral en la Tercera Sala Penal de Oralidad del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Tabasco. Es ese proceso judicial el que ha analizado la SCJN. Los ministros han considerado que se violó de forma absoluta el derecho a la presunción de inocencia de Gonzalo, Juan Luis y Héctor. Y que los jueces recargaron a los acusados con la responsabilidad de probar su inocencia, cuando debería ser al contrario: la Fiscalía es quien debe probar la culpabilidad.
“Es un cúmulo de irregularidades, considero que esta Suprema Corte no puede quedar callada ante la violación de su derecho a la libertad, no podemos guardar un cómplice silencio, fueron falsamente inculpadas”, ha dicho la ministra Yazmín Esquivel este jueves, “propongo el más alto grado de reparación posible y dar vista a las autoridades para que se abran las indagatorias esclarecer las responsabilidades administrativas y penales que procedan”.
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